Introducción | Presupuesto 2016

 

La Universidad de Cádiz con su presupuesto anual recoge las estimaciones de ingresos y gastos para el correspondiente ejercicio económico.

 

El Artículo 1 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz aprobado por Decreto 281/2003, de 7 octubre, establece que es una Institución de Derecho Público dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio que, de acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución, goza de autonomía en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades. De esta forma el artículo 217 de los Estatutos de la Universidad de Cádiz, establece que la Universidad de Cádiz gozará de autonomía económica y financieros de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de Universidades y en la legislación autonómica, y dispondrá de los recursos necesarios para el desempeño de sus funciones.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades en su artículo 81.2 dispone que:

 

«El presupuesto será público, único y equilibrado, y comprenderá la totalidad de sus ingresos y gastos. Para garantizar un mejor cumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financieros, las universidades deberán cumplir con las obligaciones siguientes:

 

  1. Aprobarán un límite máximo de gasto de carácter anual que no podrá rebasarse.
  2. Los presupuestos y sus liquidaciones harán una referencia expresa al cumplimiento del equilibrio y sostenibilidad financieros. «

 

En base a ello, junto con el presupuesto de la Universidad se plantea la propuesta de límite máximo de gasto de la Universidad para el ejercicio 2016. En este ejercicio el techo máximo de gasto queda cifrado en 181.071.011,89 euros, y el techo de gasto no financiero en un importe de 180.762.117,17 euros.

 

Quedando tal y como se establece dentro de los límites de la regla de gasto aprobada por Consejo de Ministros, que se ha cifrado para el ejercicio 2016 en el 1,8% para el conjunto de las Administraciones Públicas y también para la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 

La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera determina el sometimiento al principio de estabilidad presupuestaria y al principio de sostenibilidad financiera, entendiéndose el primero como el equilibrio financiero y el segundo como la capacidad para financiar compromisos de gasto. Así en su artículo 3.1, se indica que “la elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea”, entendiendo por estabilidad presupuestaria la situación de equilibrio o superávit estructural.

 

El estado de ingresos del presupuesto de la Universidad de Cádiz incluye los procedentes de los precios  públicos aplicados a los servicios prestados, las transferencias procedentes de la Junta de Andalucía en aplicación del modelo de financiación vigente en cada momento y cuantos otros ingresos de derecho público y privado pueda obtener.

 

El Modelo de Financiación de las Universidades Públicas Andaluzas actual tenía una vigencia para el periodo 2007-2011, no obstante por Acuerdo de 30 de diciembre de 2011, del Consejo de Gobierno, aprobó prorrogar hasta 2014 el Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía.
Este modelo fue prorrogado para el ejercicio 2015 mediante el Acuerdo de 30 de diciembre de 2014, del Consejo de Gobierno. Igualmente en la sesión celebrada en el Consejo Andaluz de Universidades el 24 de noviembre de 2015 se propone la prórroga del modelo para el ejercicio 2016.

 

El Presupuesto anual es el documento en el que el Consejo de Dirección de la Universidad de Cádiz formula el conjunto de políticas que pretende desarrollar durante el ejercicio económico en el marco de su Programa de Gobierno. Una vez aprobado el II Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz, 2015-2020, las actuaciones prevista en el Presupuesto se han alineado con los Ámbitos y objetivos estratégicos previstos en el Plan.

 

Ámbito Enseñanza/Aprendizaje.

  • Objetivo Estratégico 01. Garantizar la adecuada correspondencia de la oferta formativa con los intereses y oportunidades de nuestro entorno socioeconómico.
  • Objetivo Estratégico 02. Incrementar la adquisición de capacidades y habilidades de estudiantes y egresados para mejorar su empleabilidad.

 

Ámbito Investigación y Transferencia.

  • Objetivo Estratégico 03. Incrementar la productividad y calidad de nuestra investigación.
  • Objetivo Estratégico 04. Estimular las agregaciones científicas y su desarrollo en redes de investigación.
  • Objetivo Estratégico 05. Contribuir al desarrollo socioeconómico de nuestra región mediante la trasferencia y la innovación.

 

Ámbito Organización y Recursos.

  • Objetivo Estratégico 06. Adecuar las estructuras y los procesos a las necesidades de nuestros grupos de interés.
  • Objetivo Estratégico 07. Gestionar los recursos de forma eficiente y sostenible, procurando un desarrollo equilibrado en cada Campus.

 

Ámbito Personas.

  • Objetivo Estratégico 08. Transmitir a la comunidad universitaria la importancia y la utilidad de su trabajo.
  • Objetivo Estratégico 09. Potenciar la formación, las capacidades y el desarrollo profesional de las personas.

 

Ámbito Entorno.

  • Objetivo Estratégico 10. Identificar y analizar el impacto de los grupos de interés en colaboración con el Consejo Social.
  • Objetivo Estratégico 11. Mejorar la imagen y la difusión de la Institución.

 

Paralelamente a los ámbitos del Plan Estratégico se desarrollan otras actuaciones consideradas necesarias para la organización del presupuesto y que se describen como: Atender a los compromisos financieros por operaciones de la UCA; Financiación de Centros, Departamentos y Másteres; Funcionamiento Ordinario; Retribuciones de la plantilla; y Actuaciones en el Marco de Colaboración con Entidades Financieras.

Alberto Tejero Navarro
Gerente